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PRI y Morena no pueden ‘tumbar’ elecciones en Tribunales

El PRI ni Morena pudieron tumbar las elecciones en tres distritos y tampoco lograron demostrar a los Magistrados Electorales, las supuestas irregularidades que cometieron funcionarios locales que supuestamente apoyaron a candidatos de Acción Nacional.

Pierden cinco recursos más ante el TRIELTAM

Las intenciones del PRI era anular los resultados de cómputo distrital por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional y la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría dados a conocer en las casillas 1292 Básica, 1722 Especial 1 y 1731 Básica en el Distrito 16 con cabecera en Xicoténcatl.

En este recurso, el PRI señaló que personas que integraron las mesas directivas de casilla, no pertenecían a la sección respectiva, ante esto, el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas, por unanimidad de votos confirmó lo que fue materia de impugnación, al resultar infundados los conceptos de agravios hechos valer por el PRI, pues las personas que recibieron la votación sí estaban facultadas para ello, en virtud de que se encontraron dentro del listado nominal.

Al respecto, “dentro de una de las casillas señaladas por el partido actor, dice que no fue parte integrante de la mesa directiva; por lo que, se confirmaron los resultados consignados en el acta de cómputo distrital por ambos principios, la declaratoria de validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez de la fórmula ganadora”, expuso el Tribunal.

Un recurso adicional que el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas, por unanimidad de votos desechó de plano, por haber sido interpuesto fuera del plazo establecido de cuatro días previstos en la Ley de Medios de Impugnación Electorales de Tamaulipas, era un “recurso de Apelación” que interpuso el PRI ante el IETAM con el fin de impugnar la resolución en la que determinó por una parte sobreseer, así como declarar inexistentes las infracciones en contra de los encargados de despacho de la Secretaría de Bienestar Social del Gobierno del Estado, por la supuesta comisión de actos contrarios a los dispuesto en el séptimo párrafo del artículo 134 de la constitución federal.

Además se desechó el Recurso de Apelación contra el Consejo General del IETAM, la cual declara inexistente la infracción atribuida a la entonces candidata a Diputada por el Principio de Mayoría Relativa y al Partido Político MORENA en el 15 Distrito Electoral con cabecera en Victoria, Tamaulipas, este Tribunal determinó por unanimidad de votos desechar de plano el presente Recurso de Apelación, al actualizarse la causal de improcedencia prevista en el artículo 14 fracción VIII de la Ley de Medios de Impugnación Electoral del Estado de Tamaulipas, toda vez que el escrito inicial fue presentado de manera extemporánea.

En cuanto a los recursos de Morena, en uno de ellos el Candidato a Diputado Local por el Distrito 18 con cabecera en Altamira, Tamaulipas, impugnó los resultados electorales debido a una serie de omisiones de la autoridad electoral.

Sin embargo el TRIELTAM, declaró infundados los agravios respecto al uso indebido de recursos públicos, ya que las personas que rindieron su testimonio, no se encontraron debidamente identificadas, por lo que fue motivo suficiente para determinar sean desestimadas las pruebas.

En cuanto, al agravio relativo a los hechos denunciados de manera previa a la jornada electoral resulta inoperante, pues los demandantes tuvieron la oportunidad de recurrir a esas supuestas omisiones con otros medios de impugnación contemplados en la ley, lo cual no aconteció, por tal
motivo no es dable atender las mismas, en el presente medio, por lo cual se confirman los resultados consignados en el Acta de Cómputo Distrital de la elección de Diputados Locales por el principio de Mayoría Relativa, así como la Declaración de Validez y la entrega de la Constancia de Mayoría respectiva.

Sobre la acusación que Morena hizo en el 09 Consejo Distrital Electoral, con cabecera en Valle Hermoso, Tamaulipas, para anular la elección de diputados por el principio de mayoría, no pudo proceder.

Morena fijó varias irregularidades como el que los funcionarios públicos apoyaron a la candidata del partido Acción Nacional, repartieron a la ciudadanía cartas invitación con la finalidad de ofrecer transporte gratuito a los electores el día de la jornada electoral.

El TRIELTAM determinó que son inoperantes en virtud de que el actor no acreditó los elementos de la causal genérica de la nulidad de elección establecida en el artículo 85 de la Ley de Medio.

“Por otra parte, resultan ineficaces los agravios que hacen alusión a los distritos 11 y 12 con cabecera en la ciudad de Matamoros, Tamaulipas, pues no corresponden al distrito 09”.

Además, se duele de despensas otorgadas por el PAN a cambio del voto, y por las reuniones realizadas en diversas colonias ofreciendo conectar líneas de toma de agua a cambio de apoyar al PAN.

“Las pruebas demostradas no son aptas ni suficientes para acreditar que el PAN y su entonces candidata incumple a su vez, con la obligación legal del que afirma está obligado a probar contenida en el artículo 25 de la Ley de Medios Local, por lo que se confirman los resultados contenidos en el acta de Cómputo Distrital, así como la Declaratoria de validez de la elección y el otorgamiento de la constancia y validez”.

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